viernes, 8 de enero de 2016

Tema legal 2. ¿Mi perro debe ir atado y con bozal?



Una duda que siempre siempre siempre asalta a muchos de nuestros clientes es la gran comentada y polémica duda del bozal he ir atado.

¿Tengo que llevar a mi perro atado y con bozal? Si no lo llevo, ¿el seguro se hace responsable en caso de siniestro?, ¿qué multa me pueden poner?

En lugares públicos todos los perros tienen que ir siempre atados, salvo en determinados parques públicos que dispongan de zonas acotadas por el Ayuntamiento para su esparcimiento, donde sí podrán ir sueltos; aun cuando habitualmente estas zonas solo pueden usarse en unas franjas horarias concretas del día dependiendo de la estación del año y de la localidad.

En cuanto al bozal, deben llevarlo siempre los perros considerados potencialmente peligrosos, no siendo obligatorio para el resto salvo que la normativa municipal así lo exija, cosa que en Madrid es obligatorio para toda raza de perros.

La contratación de un seguro de responsabilidad civil no exime de la obligatoriedad de cumplimiento de la normativa sobre tenencia de animales. 

Todo perro en la Comunidad de Madrid debe tener seguro de responsabilidad civil, todos según la normativa municipal.

Si le ponen una multa, ésta puede ser desde 300 € hasta 2.404 €, dependiendo de la gravedad y repetición de los hechos y las mismas, en ningún caso, están cubiertas por el Seguro de Responsabilidad civil.

martes, 5 de enero de 2016

Tema Legal 1. Obligaciones legales en la tenencia de perros.



Muchas veces, el tener un perro, se entiende como un mero capricho más, como el que tiene un móvil de última generación y lo cambia al terminar el año.

Pues no,. El tener un perro  implica ciertas responsabilidades LEGALES!!!

¿Qué obligaciones tengo como propietario de un perro?

El transporte de animales en los vehículos debería acondicionarse y ubicarlos dónde no exista interferencia alguna con el conductor. En principio, como propietario de perro tenemos las siguientes obligaciones mínimas:


-Censarlo en los servicios municipales.

-Tener Cartilla sanitaria.

-Contratar un seguro si en la C.A. de residencia es obligatorio.

-Identificación del animal en las CC.AA. donde es obligatorio.

Además de todo ello, si se trata de un perro mal llamado peligroso, es necesario obtener la correspondiente licencia. Son peligrosos los catalogados como tales en la ley 50/99, de 23 de diciembre, los que posean alguna característica, por su fuerza, peso, etc.., que los haría peligrosos y los que tengan un carácter marcadamente agresivo.
Para obtener la referida licencia es necesario:

  • Ser mayor de edad.
  • No haber sido condenado por delitos relacionados con temas de violencia. Por ello es necesario adjuntar un certificado de antecedentes penales.
  • No estar privado judicialmente de la tenencia de estos animales.
  • Disponer de capacidad y aptitud psicológica para esa tenencia.
  • Contratar un seguro de responsabilidad civil.

Esas son las obligaciones legales de cara al estado, ya luego están las obligaciones morales que para mi entender son aún más importantes.

-          -Quererlo

-          -Proporcionarle el ejercicio y tiempo necesario acorde a su raza y en la medida de lo posible segun nuestro trabajo, como siempre decimos, si no tienes tiempo para un perro muy activo, un buen carlino ara tus delicias jaja

-          -Alimentarlo correctamente, segun sus necesidades fisiologicas y fisicas

-         - Tenerlo aseado y libre de parásitos

-          -Disponer de un lugar para el perro donde pueda resguardarse del frio/calor y estar comodo